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Reforma de la Ley del IVIC le dará patrimonio propio y autogestión presupuestaria para recuperar su trascendencia académica

La plenaria de la Asamblea Nacional dio inicio este martes a la segunda discusión del  Proyecto de Reforma de la Ley del Instituto Venezolano de Investigaciones Científicas (IVIC) en el marco de la modernización de la legislación vigente, en la que trabaja el Parlamento venezolano “con el objeto de  tener un banco de leyes modernas, que permita al país estar preparado para afrontar el cambio en el modelo de gobierno sobre el que se trabaja”.

Así lo precisó el diputado por el estado Apure, Luis Lippa, quien preside la Comisión de Ciencia y Tecnología, órgano encargado de la elaboración del proyecto en cuestión que consta de 35 artículos, dos disposiciones transitorias, una derogatoria y una  disposición final, cuya normativa fue producto de una amplia consulta con todos los trabajadores del IVIC.

Uno de los alcances fundamentales de esta reforma es colocar al IVIC como un instituto autónomo, con patrimonio propio y autogestión presupuestaria, para permitirle recuperar la trascendencia académica que tuvo antes de que el actual gobierno le quitara sus gastos de manutención en los últimos tres años. 

En palabras del diputado, “se espera motivar y hacer atractiva la investigación científica para contribuir al desarrollo del país, porque no  basta solo invertir en educación, hay que estimular la investigación para lograr el desarrollo de un país”.

El patrimonio del Instituto estará constituido por los aportes de organismos nacionales o extranjeros, públicos o privados, así como aquellos que le sean otorgados por cualquier título a la institución o los beneficios que se generen  de las actividades  científicas a través  de licencias y asociaciones con terceros, desarrollos, presentación de servicios y asesorías.

En la norma se establece que el Instituto tendrá facultad para adquirir, enajenar y gravar bienes muebles e inmuebles y en general, para efectuar todos los actos necesarios para el cumplimiento de sus funciones.

En la Ley vigente no existe una relación con la comunidad. En la propuesta de reforma en las actividades que involucren a comunidades, el Instituto salvaguardará, reconocerá y respetará los espacios socio- ambientales, la salud integral la diversidad socio- cultural  su patrimonio  tangible e intangible y las organizaciones comunitarias y locales.  

El Instituto mantendrá permanente y especial relación con las comunidades vecinas a sus instalaciones, así como con cualquier otra comunidad que lo requiera.

En la ley del 2000 el Instituto Venezolano de Investigaciones Científicas está  conformado por  un Director, un Subdirector, un Consejo Directivo y una Asamblea de Investigadores. La propuesta de reforma plantea que el Instituto Venezolano de Investigaciones Científicas (IVIC) tendrá: un  nivel superior de dirección y control, un nivel sustantivo  académico, un nivel  administrativo y un nivel  de asesoría y consulta. 

Así mismo  establece,  que  deberán reestructurar su organización a los fines de adecuarse a los principios señalados en esta Ley, con miras a su refundación y cumplir con el objeto y las atribuciones establecidas en la misma. A tal efecto, se fija un lapso no mayor de  12  meses  para llevarlo a cabo.

En su Disposición Derogatoria Única, se deroga la Ley del Instituto Venezolano de Investigaciones Científicas, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela No 37.022 de fecha 25 de agosto de 2000 y toda norma o disposición que colida con la presente Ley.

La discusión del texto de ley no pudo culminar motivado a tres interrupciones del servicio eléctrico en el Palacio Federal Legislativo, en el lapso de una hora, por lo que se aprobó hasta el artículo 5 y se difirió su discusión y aprobación.