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Delsa Solórzano le respondió a Maduro por llamar a Edmundo González «viejo decrépito»

Delsa Solórzano le respondió a Maduro por llamar a Edmundo González "viejo decrépito"
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La presidenta del partido Encuentro Ciudadano (EC), Delsa Solórzano, respondió a las descalificaciones del dictador Nicolás Maduro hacia el candidato presidencial unitario, Edmundo González Urrutia, al llamarlo «viejo decrépito».

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«Candidato Maduro, Ud no solo viola la normativa electoral, sino la dignidad del adulto mayor en Venezuela«, dijo Solórzano.

Durante un evento de campaña el sábado en el estado Lara, Maduro descalificó a González Urrutia y a la líder de la oposición, María Corina Machado, al denominarlos «decrépitos» frente a los presentes.

«Hay un viejo decrépito que quiere tomar el poder en Venezuela. Es el viejo decrépito del capitalismo salvaje. Es el viejo decrépito que ha acabado con pueblos que provocó el 27 de febrero en Venezuela. ¿Vamos a dejar que ese viejo decrépito que es el capitalismo salvaje vuelva al poder en Venezuela? Pero también por ahí anda una vieja decrépita, la vieja ideología del fascismo, que es una ideología descrépita. La vieja desprépita de la ideología del odio y del fascismo. ¿Vamos a dejar que esa vieja decrépita de la ideología fascista venga y provoque una guerra civil en Venezuela? ¿Ustedes quieren un baño de sangre en Venezuela, que la vieja decrépita de la ideología fascista desate la cacería contra el pueblo y la matanza general?», dijo Maduro.

Asimismo, dijo que «la vacuna para el viejo decrépito del capitalismo salvaje y de la vieja decrépita de la ideología del odio y del fascismo, es el poder comunal, el pueblo en la calle, organizado».

Cabe destacar que el dictador con estos señalamientos incumple las leyes.

Según el artículo 145 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela «los funcionarios públicos y funcionarias públicas están al servicio del Estado y no de parcialidad alguna. Su nombramiento o remoción no podrán estar determinados por la afiliación u orientación política. Quien esté al servicio de los Municipios, de los Estados, de la República y demás personas jurídicas de derecho público o de derecho privado estatales, no podrá celebrar contrato alguno con ellas, ni por sí ni por interpósita persona, ni en representación de otro u otra, salvo las excepciones que establezca la ley».

Mientras que el Reglamento de la Ley Orgánica de Procesos Electorales en su artículo 222 establece que «los organismos públicos nacionales, estadales o municipales no podrán realizar publicidad y propaganda electoral, y en tal sentido, no podrán difundir mensajes destinados a promover, auspiciar o favorecer determinada candidatura u organización con fines políticos o grupo de electoras y electores, y comunidades u organizaciones indígenas, así como todo aquello que promueva o tienda a promover la imagen negativa de alguna candidata o candidato, organización con fines políticos, grupo de electoras y electores y comunidades u organizaciones indígenas. No se permitirá el uso de los bienes propiedad de la República, ni de los estados o municipios con el fin de favorecer o promover una candidatura o realizar propaganda electoral».

Por su parte, el artículo 14 de la Ley contra la Corrupción dice que «las funcionarias, funcionarios, empleadas públicas y empleados públicos están al servicio del Estado y no de parcialidad política o económica alguna. En consecuencia, no podrán destinar el uso de los bienes públicos o los recursos que integran el patrimonio público para favorecer a partidos o proyectos políticos, o a intereses económicos particulares».

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