Más de 13 millones de personas afectadas por el cierre de DirecTV.
La empresa estadounidense AT&T, propietaria de DirecTV Venezuela, anunció el cese de operaciones en el país, el 19 de mayo, como consecuencia de la orden del gobierno de EE.UU que prohíbe relaciones económicas con determinadas personas o empresas del gobierno de Venezuela.
La prohibición exigía la exclusión de los canales nacionales Globovisión y PDVSA TV como condición para mantener la operatividad en Venezuela. Estos canales son objeto de las sanciones estadounidenses y el gobierno venezolano se negó a eliminarlos de la parilla de programación. Dicha medida, trae consigo una serie de implicaciones desde la perspectiva de derechos humanos, específicamente el acceso a la información y la libertad de expresión, ya severamente limitados desde hace varios años por la acción de las autoridades de Venezuela.
Desde 2004, más de 200 medios de comunicación han cerrado en el país, la mayoría por órdenes de la Comisión Nacional de Telecomunicaciones (Conatel), bajo procedimientos poco transparentes, arbitrarios, discrecionales, confiscación de equipos y con ausencia de debido proceso. 19 de estos medios eran canales o plantas televisivas.
En 2017, de ocho canales de televisión que salieron del aire, cinco eran canales internacionales de noticias, por hacer cobertura de las manifestaciones sociales y políticas que ocurrían en Venezuela.
La señal de varios canales internacionales disponibles por televisión por suscripción fue eliminada de la oferta por Conatel en el último año, sin mayores justificaciones. La disminución de la limitada oferta de alternativas de medios, solo beneficia la política de “hegemonía comunicacional” ejecutada por el Gobierno.
El gobierno forzó a DirecTV a mantener la transmisión de PDVSA TV y Globovisión bajo la amenaza de ser objeto de posibles sanciones. Esta medida tiene lugar en un contexto donde el propio gobierno a través de Conatel es el que arbitrariamente y por motivos políticos, ha cerrado canales y restringido la oferta de transmisiones.
El Estado como regulador del espectro radioeléctrico puede adoptar medidas para asegurar contenidos de interés público o evitar la reducción de una oferta informativa, pero al imponerlo debe considerar el contexto y las posibilidades de cumplir con sus exigencias.
Ninguna de esas finalidades legítimas se persigue en este caso cuando el Estado venezolano, contrariando su deber de proteger al máximo posible la libertad informativa, condiciona la permanencia de una de las cableras con mayor alcance en el país a la transmisión obligatoria de dos canales que se pueden sintonizar por señal abierta o a través de plataformas públicas.
La potencial salida de esos canales de la oferta de DirecTV no implicaba la pérdida definitiva de estos canales de la oferta televisiva nacional. El Estado venezolano impuso una restricción innecesaria y desproporcionada sobre la libertad de información en perjuicio de la población venezolana.