En una flagrante violación a la Constitución venezolana en su artículo 200, los integrantes de la fraudulenta Asamblea Nacional Constituyente, aprobaron la tarde de este miércoles el allanamiento de la inmunidad parlamentaria a los diputados de la legítima Asamblea Nacional, Julio Borges y Juan Requesens, a quienes el gobierno responsabiliza de forma parte del atentado fallido en contra de Nicolás Maduro.
Durante la sesión leyeron la sentencia de la Sala Plena, donde el Tribunal Supremo de Justicia ilegítimo acordó la detención del diputado Julio Borges por instigación pública continuada; traición a la patria y homicidio intencional calificado en grado de frustración contra Nicolás Maduro.
La solicitud del allanamiento a la inmunidad estuvo a cargo de Pedro Carreño.
“Aprobado por unanimidad (…). Son los dos primeros que aparecen señalados por la investigación. A todo aquel que esté involucrado la justicia le llegará”, dijo Diosdado Cabello, tras la votación.
El artículo 200 reza lo siguiente:
«Los diputados o diputadas a la Asamblea Nacional gozarán de inmunidad en el ejercicio de sus funciones desde su proclamación hasta la conclusión de su mandato o la renuncia del mismo. De los presuntos delitos que cometan los o las integrantes de la Asamblea Nacional conocerá en forma privativa el Tribunal Supremo de Justicia, única autoridad que podrá ordenar, previa autorización de la Asamblea Nacional, su detención y continuar su enjuiciamiento. En caso de delito flagrante cometido por un parlamentario o parlamentaria, la autoridad competente lo o la pondrá bajo custodia en su residencia y comunicará inmediatamente el hecho al Tribunal Supremo de Justicia».