Fueron imputados por homicidio calificado con alevosía, tipificado en el artículo 406, numeral 1 del Código Penal; uso indebido de armas orgánicas, sancionado en el artículo 115 de la Ley Especial para Desarme y Control de Armas y Municiones; simulación de hecho punible, previsto en el artículo 239 del Código Penal; y violación del domicilio, contemplado en el artículo 184 del Código Penal, cometido en perjuicio de quienes en vida respondieran a los nombres de Andrés Eloy Nieves Zacarías y Víctor Manuel Torres Guerra.
A través de una nota de prensa informaron que el juzgado ordenó el ingreso preventivo de Ramos y Olano Ávila al Cicpc, subdelegación Cabimas, Base de Homicidios, hasta tanto puedan ser ingresados en el Centro de Arrestos y Detenciones Preventivas de la Costa Oriental del Lago, previo cumplimiento de los requisitos exigidos para el ingreso en ese centro, una vez realizado un respectivo examen de reconocimiento médico general por funcionarios adscritos al Departamento de Medicatura Forense a fin de garantizarles su salud.
En tanto, la noticia ha trascendido hasta Miraflores. El ministro del régimen Néstor Reverol señaló que designó la conformación de un equipo multidisciplinario del Cicpc y del Servicio Nacional de Medicina y Ciencias Forenses (Senamecf) para que realicen una investigación a fondo de los hechos y lograr el esclarecimiento de este suceso.
Señaló que respaldaban la medida de orden de aprehensión emitida por el Tribunal Penal en Primera Instancia Estadal y Municipal del Zulia contra los funcionarios de las Faes José Salas, Néstor Olano, Nerio Álvarez, Andrés Díaz, José Moreno y José Contreras, investigados por la muerte de los dos comunicadores de Cabimas.