Publicaciones que aseguran que en el estado mexicano de Veracruz se aprobó una reforma al Código Penal que permite el aborto “hasta los ocho meses de gestación” han sido compartidas más de 600 veces en redes sociales desde el 20 de julio de 2021. Pero la afirmación es falsa, pues la iniciativa aprobada ese día habilita la interrupción del embarazo hasta las 12 semanas de embarazo.
“La reforma al Código Penal permite que las madres maten a sus hijos hasta los 8 meses de gestación. Y más allá”, aseguran las publicaciones compartidas en Facebook (1, 2) y Twitter (1).
El pasado 20 de julio el Congreso de Veracruz despenalizó el aborto hasta las 12 semanas de gestación con 25 votos a favor, la mayoría de Morena y 13 en contra.
La nota que el Congreso publicó al respecto precisa que el aborto “sigue siendo delito en el Código Penal estatal si es realizado después de la decimosegunda semana”.
Luego de la aprobación del dictamen, el artículo 149 del Código Penal del estado de Veracruz quedó de la siguiente forma: “Comete el delito de aborto quien interrumpe el embarazo después de la décima segunda semana de gestación”. Anteriormente establecía: “Comete el delito de aborto quien interrumpe el embarazo en cualquiera de sus etapas”.
Previo a la reforma, el Código Penal de Veracruz establecía algunas excepciones y permitía el aborto en algunos casos: cuando el embarazo era producto de una violación o de una inseminación artificial no consentida o si existía peligro de muerte para la mujer, entre otros.
Además de Veracruz (este), la interrupción legal del embarazo por libre decisión de la mujer está permitida en Ciudad de México y en los estados Oaxaca (sur) e Hidalgo (centro).