La Superintendencia de las Instituciones del Sector Bancario de Venezuela (Sudeban), informó que flexibilizó los requisitos para la apertura de cuentas bancarias.
¿El objetivo? Fortalecer la economía digital y dinamizar el Sistema Bancario Nacional, indicó la institución en Twitter.
¿De qué se trata? La Sudeban lo explicó de la siguiente manera:
●Cuentas de ahorro y corriente
Personas Naturales – Nivel 1
Las referidas cuentas serán de uso exclusivo de personas naturales, podrán movilizar hasta la cantidad de Un Mil Bolívares (1.000 Bs.) mensuales, en tal sentido para la apertura de estas cuentas los requisitos a recabar por la entidad bancaria serán:
-Cédula de identidad laminada legible del solicitante; vigente o vencida.
-Dirección del titular.
En caso de ser extranjero el pasaporte debe ser legible.
●Cuentas de ahorro y corriente
Personas Naturales – Nivel 2
Las referidas cuentas serán de uso exclusivo de personas naturales, podrán movilizar montos mayores a la cantidad de Un Mil Bolívares (1.000 Bs.) mensuales, en tal sentido para la apertura de estas cuentas los requisitos a recabar por la entidad bancaria serán:
-Cédula de identidad laminada legible del solicitante; vigente o vencida.
-Dirección del titular.
-Copia del Registro Único de Información Fiscal (R.I.F.) legible y vigente del titular.
En caso de ser extranjero pasaporte legible.
-Certificación de ingresos, (atestiguamiento) cuando se trate de personas de libre actividad económica.
-Constancia de trabajo, cuando se trate de personas bajo dependencia laboral.