La Corte Suprema de Justicia falló este lunes que los portadores del Estatus de Protección Temporal (TPS) no son elegibles para convertirse en residentes legales permanentes y por consiguiente, tener acceso a la ’green card’, informó Univisión.
En una decisión unánime, los nueve magistrados señalaron que la Ley de Inmigración y Nacionalidad (INE) establece que la elegibilidad para el estatus de residentes permanentes generalmente requiere una «admisión» en el país, definida como «la entrada legal del extranjero en Estados Unidos después de la inspección y autorización de un oficial de inmigración». Por ello, determinaron que el TPS “no elimina el efecto de esa entrada ilegal”.
Como un fallo “muy duro”, calificó el abogado José Guerrero, quien ejerce en Miami (Florida), la decisión de la Corte Suprema.
“Es una decisión increíble. Ahora la pregunta de los cien millones es, cómo no se trata de una admisión y no cuenta para la residencia, ¿qué pasara con todos aquellos a quienes ya se les otorgó la Green Card en los tres circuitos en las que estaba disponible?”
El mismo Guerrero responde: “La Oficina de Ciudadanía y Servicios de Inmigración no debería tomar ninguna acción porque en ese momento la ley era esa”, que ciertos beneficiarios del TPS podrían obtener la residencia a través de sus cónyuges estadounidenses e hijos ciudadanos mayores de edad.
“Pero lamentablemente todo el que tenga TPS deberá seguir esperando para ver si el congreso pasa una ley y puedan tener acceso a un camino hacia la regularización permanente. Sin duda se trata de un fallo muy duro”.
El caso Sánchez
La decisión de la corte obedeció a la revisión del caso del inmigrante salvadoreño José Santos Sánchez, quien desafió la denegación de su solicitud para convertirse en residente legal permanente (LPR) en Estados Unidos.
Sánchez entró sin autorización al país en 1997. Cuatro años más tarde, en 2001, el entonces gobierno de George W. Bush le otorgó el Estatus de Protección Temporal (TPS), programa que fue aprobado tras dos terremotos registrados en ese país centroamericano el 13 de enero y el 13 de febrero de ese año.
El TPS difiere temporalmente la deportación de los beneficiarios y otorga además una autorización de empleo válida por el tiempo de duración del amparo.
La petición de residencia de Sánchez fue presentada por su empleador.