El presidente saliente de Estados Unidos, Donald Trump, pocas horas antes de culminar su mandato en la Casa Blanca, dejó la noche de este martes un Memorándum que otorga a los venezolanos, que se encuentren en ese país para este 20 de enero, un amparo por 18 meses llamado Deferred Enforcement Departure (DED) o Diferimiento de la Deportación Forzada.
De acuerdo con la misiva difundida por el mandatario republicano, el beneficio es concedido a los venezolanos afectados por «la situación de deterioro dentro de Venezuela” provocada por el “gobierno autocrático» de Nicolás Maduro. “He determinado que es de interés de la política exterior de Estados Unidos diferir la expulsión de cualquier nacional de Venezuela, o extranjero sin nacionalidad que por última vez haya residido habitualmente en Venezuela”, expresó.
Pero… ¿qué es el DED?
Es un amparo de inmigración temporal que se traduce en la suspensión de las deportaciones por un período de tiempo establecido. El DED no proporciona un estatus permanente pero la aprobación de ese recurso concede un método de protección que permitiría, en este caso a los venezolanos, la posibilidad de trabajar en esa nación.
¿Quién designa este beneficio?
El presidente. Tal como lo hizo Donald Trump, es el mandatario de los Estados Unidos tiene la «discreción» de designar países o regiones para el DED como parte del poder que le otorgan sus funciones en materia de relaciones exteriores. Este decreto, por lo general, que no tiene una base legal, se ejecuta al emitir una directiva o memorando presidencial.
¿Quién es elegible para el DED bajo el Memorando del Presidente Trump sobre los venezolanos?
Ciudadanos venezolanos, o extranjeros sin nacionalidad que hayan residido habitualmente en Venezuela, que se encuentren en los Estados Unidos a partir del 20 de enero de 2021 y que no hayan cometido ciertos actos estarán cubiertos por el DED.
¿Quién no es elegible para el DED bajo el Memorando del Presidente Trump sobre los venezolanos?
El DED no estará disponible para extranjeros que:
(1) Han regresado voluntariamente a Venezuela o a su último país de residencia habitual fuera de los Estados Unidos.
(2) No han residido continuamente en los Estados Unidos desde el 20 de enero de 2021.
(3) Son inadmisibles o sujetos a remoción por razones de seguridad nacional, incluyendo actividades terroristas.
(4) Hayan sido condenados por cualquier delito grave o dos o más delitos menores cometidos en los Estados Unidos.
(5) Hayan perseguido a cualquier persona por motivos de raza, religión, nacionalidad, pertenencia a un grupo social determinado u opinión política;
(6) Hayan sido condenados por una sentencia definitiva de un delito particularmente grave que constituya un peligro para la comunidad de los Estados Unidos;
(7) Hayan cometido un grave delito no político fuera de los Estados Unidos antes de la llegada del extranjero a los Estados Unidos;
(8) Fueron deportados, excluidos o removidos de los Estados Unidos, antes del 20 de enero de 2021;
(9) Están sujetos a extradición;
(10) Cuya presencia en los Estados Unidos el Secretario de Seguridad Nacional ha determinado que no es en interés de los Estados Unidos o que presenta un peligro para la seguridad pública; o
(11) Cuya presencia en los Estados Unidos el Secretario de Estado tiene motivos razonables para creer que tendría consecuencias potencialmente graves en materia de política exterior para los Estados Unidos.
¿Cuánto tiempo estarán protegidos los venezolanos por el DED?
El DED proveerá 18 meses de protección a ciertos ciudadanos venezolanos, o extranjeros sin nacionalidad que hayan residido habitualmente en Venezuela, que se encuentren en los Estados Unidos a partir del 20 de enero del 2021.
¿Pueden personas elegibles para el DED bajo el Memorando de Trump trabajar legalmente en los Estados Unidos?
Personas protegidas por el DED para venezolanos podrán solicitar un permiso de empleo con USCIS. El gobierno federal emitirá un aviso en el Registro Federal en el futuro que proporcionará detalles sobre cómo solicitar un permiso de trabajo. Los solicitantes de permisos de trabajo bajo este beneficio de Venezuela tendrán que enviar evidencia que demuestre su identidad, nacionalidad y presencia en los Estados Unidos a partir del 20 de enero del 2021.
¿Pueden venezolanos protegidos por el DED salir de los Estados Unidos y regresar al país?
Personas protegidas por el DED pueden solicitar un permiso de ingreso anticipado con USCIS para viajar fuera de los Estados Unidos. Los venezolanos con este amparo que salen de los Estados Unidos sin un permiso de ingreso anticipado ya no son elegibles para el beneficio migratorio, y no podrán reingresar al país.
La determinación de si se concede un permiso de ingreso anticipado está dentro de la discreción de USCIS y no es garantizado en todos los casos.
¿Pueden venezolanos cubiertos por el DED acumular “presencia ilegal”?
Los venezolanos elegibles, o extranjeros sin nacionalidad que hayan residido habitualmente en Venezuela, que están protegidos por el DED no acumulan “presencia ilegal” para efectos de ajuste de estatus u otras prestaciones de inmigración que puedan solicitar durante el período de tiempo en que estén cubierto por el DED.
Si una persona elegible para el DED de Venezuela no tiene un permiso de trabajo para indicar tal elegibilidad, ¿cómo puede evitar su remoción de los Estados Unidos?
La condición de DED es automática y un venezolano elegible, o extranjeros sin nacionalidad que hayan residido habitualmente en Venezuela, no necesita solicitar y obtener un permiso de trabajo para beneficiarse de la protección del DED.
El Servicio de Inmigración y Control de Aduanas de los Estados Unidos (ICE) emitirá una guía para sus abogados, oficiales y agentes para asegurar que los venezolanos elegibles, o extranjeros sin nacionalidad que hayan residido habitualmente en Venezuela, no sean removidos de los Estados Unidos en violación del Memorando del Presidente Trump.
¿Qué pasará con venezolanos que tienen casos de asilo pendientes con USCIS o la corte de inmigración?
Los casos de asilo de venezolanos seguirán siendo procesados por USCIS y la corte de inmigración. Si esa institución o la corte de inmigración aprueba la solicitud de asilo, el solicitante podría obtener la residencia permanente al llenar ciertos requisitos.
Si USCIS niega el caso de asilo, referirá el caso a la corte de inmigración para que un juez de inmigración revise la decisión de USCIS. Si el juez de inmigración niega el caso de asilo, emitirá una orden de remoción en contra del solicitante la cual podría ser apelada a la Junta de Apelaciones de Inmigración.
ICE no podrá remover a personas protegidas por el DED que tienen ordenes finales de remoción.
En ese sentido, los venezolanos fuera de estatus, con B2, F1, solicitantes de asilo, en proceso de deportación, entre otros, podrán optar a un permiso de trabajo, una vez que se definan detalles burocráticos. Quienes están detenidos por ICE pudieran lograr ser liberados, incluyendo a quienes tienen más de un año o tienen órdenes de deportación, salvo que sean considerados riesgos de seguridad.
Con información de Inmigración Hoy y El Diario