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Conoce los detalles de la orden ejecutiva firmada por Biden

FOTO: AFP - Referencial

Desde este miércoles 5 de junio, en EE.UU. comienza un nuevo procedimiento para la solicitud de asilo y la aplicación de la ley de inmigración de ese país se endurece luego de la orden ejecutiva firmada por Biden.

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Desde este momento, el acceso al asilo en la frontera sur se restringirá de manera temporal; se activarán cuando el número de cruces irregulares supere una cifra concreta y se pausarán cuando disminuyan.

Según la medida establecida, las restricciones se activarán cuando se supere un promedio de 2.500 cruces irregulares diarios en la frontera por un periodo de siete días.

La agencia EFE detalló que ese número de cruces irregulares ya se superó y que, por lo tanto, la acción entrará en vigor «de inmediato».

Asimismo, las autoridades pueden deportar a los países de origen o expulsar a México a las personas que crucen de manera irregular y la única forma para que esto no suceda es que demuestren que son perseguidas o torturadas en sus naciones.

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Las restricciones podrían levantarse si el número de detenciones baja a un promedio de 1.500 diarios durante 14 días. Sin embargo, esta cifra no se ha reportado desde julio de 2020.

Esta orden tiene excepciones para las personas que demuestren una emergencia grave, peligro contra su vida o que son víctimas de tráfico humano.

Por su parte, existe una base legal para prohibir la entrada a ciertos migrantes y se basa en la sección 212(f) de la Ley de Inmigración y Nacionalidad de 1965 con la que decide que un ciudadano no puede estar en EE.UU. porque es perjudicial» para el interés nacional.

La embajada estadounidense explicó que la nueva regulación hace tres cambios principales

  • Los no ciudadanos que crucen la frontera sur ilegalmente o sin autorización, por lo general no serán elegibles para asilo, salvo en circunstancias excepcionalmente apremiantes y a menos que estén exentos por la proclama presidencial.
  • Los ciudadanos que crucen la frontera sur y sean objeto de un procedimiento de remoción expedita mientras esté en vigor la limitación sólo serán referidos para una verificación de temor creíble con un oficial de asilo si manifiestan o expresan temor a regresar a su país de origen o al país al que serán removidos, temor a ser perseguidos o torturados, o una intención de solicitar asilo.
  • Estados Unidos seguirá cumpliendo sus obligaciones y compromisos internacionales examinando a las personas que manifiesten temor, tal como se ha indicado anteriormente, y que no puedan acogerse a una excepción a la regla de suspensión de remoción y a las protecciones de la Convención contra la Tortura, según un estándar de probabilidad razonable de persecución o tortura, que es un nuevo estándar sustancialmente más alto que el que se aplica actualmente bajo la regla de Elusión de Vías Legales.