La Agencia Federal para el Manejo de Emergencias de Estados Unidos (FEMA) comenzará recibir a partir del próximo lunes 12 de abril solicitudes de ayuda financiera para gastos funerarios ocurridos después del 20 de enero de 2020, por muertes relacionadas al COVID-19.
La medida de asistencia contempla la limitada una cantidad financiera máxima de 9.000 dólares por funeral. Las solicitudes se enviarán a través de un centro de llamadas exclusivo marcando 844-684-6333.
Para ser elegible para la asistencia funeraria COVID-19, la política establece los siguientes parámetros:
- El solicitante debe ser ciudadano estadounidense, ciudadano no ciudadano o extranjero calificado que incurrió en gastos funerarios después del 20 de enero de 2020 por una muerte atribuida a COVID-19.
- Si varias personas contribuyeron a los gastos del funeral, deben presentar una solicitud en una sola solicitud como solicitante y co-solicitante. FEMA también considerará la documentación de otras personas que no figuran como el solicitante y el co-solicitante que pueden haber incurrido en gastos de funeral como parte del registro de la persona fallecida.
- Un solicitante puede presentar una solicitud para varias personas fallecidas.
- La muerte relacionada con COVID-19 debe haber ocurrido en los Estados Unidos, incluidos los territorios de los EE. UU. Y el Distrito de Columbia.
- Esta asistencia está limitada a un monto financiero máximo de $ 9,000 por funeral y un máximo de $ 35,500 por solicitud.
- La asistencia funeraria está destinada a ayudar con los gastos de los servicios funerarios y el entierro o la cremación.
El solicitante responsable de los gastos funerarios de COVID-19 deberá proporcionar la siguiente información a continuación cuando llame a FEMA para registrarse para recibir asistencia:
- Número de seguro social del solicitante y de la persona fallecida
- Fecha de nacimiento del solicitante y de la persona fallecida
- Dirección postal actual del solicitante
- Número de teléfono actual del solicitante
- Ubicación o dirección donde falleció la persona fallecida
- Información sobre pólizas de seguro de entierro o funeral
- Información sobre otra asistencia funeraria recibida, como donaciones
- Subvenciones de la Ley CARES y asistencia de organizaciones voluntarias
- Ruta y número de cuenta de la cuenta corriente o de ahorros del solicitante (para depósito directo, si solicita depósito directo como su preferencia de pago)
Se recomienda a las personas con gastos funerarios COVID-19 que guarden y recopilen la documentación. Los tipos de información deben incluir:
- Un certificado de defunción oficial que atribuye la muerte directa o indirectamente al COVID-19 y muestra que la muerte ocurrió en los Estados Unidos, incluidos los territorios de los EE. UU. Y el Distrito de Columbia. Las familias y / o solicitantes de asistencia funeraria que crean que una muerte se debió a COVID-19, pero no se certificó como tal, deben ser remitidos a la persona que certificó la muerte. Esta persona es responsable de cualquier modificación.
- Documentos de gastos funerarios (recibos, contrato de la funeraria, etc.) que incluyen el nombre del solicitante, el nombre de la persona fallecida, el monto de los gastos funerarios y las fechas en que se produjeron.
- Prueba de fondos recibidos de otras fuentes específicamente para su uso en costos funerarios. FEMA no puede duplicar los beneficios recibidos del seguro de entierro o funeral, la asistencia financiera recibida de agencias voluntarias, agencias gubernamentales u otras fuentes. Los gastos pagados por adelantado, como la compra anticipada de una parcela u otros artículos, no son elegibles para reembolso.
Si está buscando ayuda o desea solicitarla, puede llamar a la Línea de Asistencia Funeraria COVID-19 al 844-684-6333, o al 800-462-7585.
Con información de la WHSV