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Guaidó continuará su mandato hasta que cese la usurpación de Maduro

Los juristas Allan Brewer Carías, Cecilia Sosa Gómez, Juan Manuel Raffalli y Rafael Badell Madrid, expertos en el área constitucional, coincidieron en que hasta que no haya unas elecciones libres, justas y auténticas se continúa en el ámbito del artículo 333, por lo tanto, el estatus del presidente encargado, Juan Guaidó, sigue hasta que cese la inconstitucional usurpación de Nicolás Maduro.

En la actividad denominada ¿Qué pasara en Venezuela después del 5 – E?, fue organizada por el portal de ntoicias Analítca. En ella, Brewer  indicó que el 05 de enero realmente no es un elemento de cambio de lo que ha venido ocurriendo en el país desde el año 2017, para ello, se debe entender el principio, lo que ha venido ocurriendo y lo que puede pasar después de esa fecha.

Aseveró que lo ilegitimo lo sigue siendo y el gobierno de transición continua teniendo su base en el Estatuto para la Transición, instrumento jurídico importante tanto para el país como para la comunidad internacional.

Añadió que esa Asamable Nacional (AN) constituyente decretó unas elecciones anticipadas de Maduro que se realizó en mayo del 2018, declarada también ilegitima, elección además inexistente por el Parlamento Nacional, originando en el país un esquema de usurpación que se consolido a partir de enero año 2019.

“En ese momento recordemos no había presidente electo legítimamente para tomar posesión frente a eso, por lo tanto, la AN asumió el rol que le correspondía con base en la Constitución por sus artículos 233 y 333 y dictó el Estatuto para la Transición hacia la Democracia”.

A su juicio ese fue un acto serio dictado por un órgano electo y democrático para restablecer la democracia, definiendo por la transición el itinerario de la democratización y reinstitucionalización del país, con las etapas de liberación del régimen autocrático, establecer un gobierno provisional de unidad nacional y la celebración de elecciones libres.

Además de esto, manifestó que en el año 2020 hubo unas elecciones parlamentarias declaradas por la AN ilegitima y desconocida, así mismo, fue también desconocido el Consejo Nacional Electoral (CNE), además un Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) que delegó en ese CNE la potestad legislativa que no tenía, sumado a ello, dictó unas serie de medidas que secuestraron los partidos políticos. Como consecuencia de todos los actos ilegítimos provocados por el gobierno de Maduro, la AN decidió formalizar la continuidad del presidente encargado.

“La reforma incorporó una frase que tal vez da origen a la confusión porque dice: Ese régimen de transición y el presidente encargado dura hasta que se realicen elecciones parlamentarias y presidenciales, justas, libres y verificables y agrego hasta que se realicen elecciones durante el año 2021 o hasta que ocurra un hecho político sobre venido y excepcional en ese mismo año, añadiendo algo absolutamente confuso en mi opinión, como es hasta un periodo adicional que duraría hasta el 05 de enero del 2022”, precisó.

Aseguró que la discusión está en el artículo 12 de la reforma del Estatuto y en ese sentido, explicó que hay suficientes elementos constitucionales para poder expresar que lo que ocurrió en el 2017,2018, ilegitimidad de la AN, la constituyente y elecciones presidenciales, así como lo que sucedió en el 2019 como es la asunción del proceso de transición por la AN y el nombramiento del Presidente Encargado, “nada de eso ha cambiado porque llegue el 05 de enero y tampoco porque se hayan realizado las recientes elecciones del 21 de noviembre”, advirtió.

Román Ibarra- Juan Guaidó dialogo
Foto: Rueters

“Todo el esquema sigue vigente, basado en la ilegitimidad de origen a una decisión constitucional adoptado por un órgano constitucional conforme a la Constitución según los artículos 233 y 333 y para mi es una decisión de una autoridad legítima, eso no ha cambiado”.

COMPROMISO DE GUAIDÓ CON EL PUEBLO Y LA COMUNIDAD INTERNACIONAL

En este sentido la expresidenta de la Corte Suprema de Justicia, Cecilia Sosa Gómez, señaló que los 05 de enero de cada año en Venezuela de acuerdo a la Constitución se inicia los periodos de las sesiones ordinarias.

Resaltó que para el  2022 hay un Parlamento que fue electo el 06 de diciembre del 2015 y esta AN se instaló cada 05 de enero de los años 2016, 2017 y 2018, tres años en los cuales el TSJ y los otros poderes controlado por el “usurpador Maduro”, lograron paralizar las funciones constitucionales del órgano político por excelencia de representación de la población.

También determinó que el Estatuto para la Transición constituye la ruta para restablecer el orden constitucional y consagrar tres etapas de la misma, que coinciden con las establecidas por el presidente de la República Juan Guaidó al juramentarse ante los ciudadanos en enero del año 2019, como son; cese de la usurpación, gobierno de transición y elecciones libres.

Por lo tanto, la exjuez indicó que Guaidó además de haber jurado ante el pueblo como Presidente de la Republica, fueron los diputados que lo eligieron como Presidente de la AN en el año 2019 y de igual manera, fue electo para el mismo cargo para el 2020 y el 2021.

Ante ello presentó cuatro afirmaciones:

  1. La AN jamás ha nombrado a Juan Guaidó Presiente de la República, lo hizo ante el pueblo el 23 de enero del año 2019 y así fue reconocido por el mundo internacional democrático.
  2. Juan Guaidó ha sido designado presidente de la AN por decisión de los diputados para los años 2019,2020 y 2021.
  3. El Parlamento Nacional es el que tiene que resolver que va hacer con el Estatuto de Transición, y entró en vigencia la reforma el 26 de diciembre del año 2020.
  4. El Presidente de la República Encargado, Juan Guaidó, tiene un compromiso en representación con el pueblo venezolano, con la Constitución y con la comunidad internacional, quienes le han dado no solo el reconocimiento, sino todo el apoyo a su juramentación.

Para la exMagistrada de la Republica antes del 05 de enero puede ocurrir políticamente dos decisiones, una de ellas, es que el Parlamento Nacional designe otra Junta Directiva y otro presidente, “en este caso, Guaidó se quedaría como presidente encargado, eso lo dirá la AN”.

En este orden de idea, el abogado constitucional Juan Manuel Raffalli aseveró, que hasta que no haya unas elecciones libres, justas y auténticas se continúa en el ámbito del artículo 333.

Alegó que expertos en el tema señalan que ante una anomalía constitucional es necesario una legislación de emergencia para enfrentarla. “Anomalía que si fuera aun golpe de Estado abrupto, claro y tajante, hubiese sido más patente, pero el problema aquí es que se trata de manipular y fraudar la Constitución para amparar su propia ausencia de integridad en cuanto a su aplicación”.

Raffalli reiteró que se está en el lugar del artículo 333 y eso lo lleva directamente al Estatuto para la Transición, que desde su primera versión pretendió algo importante como es el rescate de la Constitución, la Supremacía constitucional y sus principios.

democracia

Insistió que se está en una anomalía constitucional y a su juicio, el 05 de enero los diputados que salieron electos en el año 2015 y que tiene la representatividad política del país deben elegir la Junta Directiva de la AN y escoger o ratificar al Presidente Encargado de la República.

“Pero el problema es político, el problema es que no hay acuerdos a lo interno y lo acabamos de ver, porque hubo votos negativos en una resolución que acaba de dictar la AN del 2015 en relación al tema de Monómeros”, mencionó.

El profesor en derecho aseguró que lo que se verá el 05 de enero del 2022 es la pugna por el liderazgo político y hay quienes verán en la figura de Juan Guaidó al Presidente Encargado con reconocimiento internacional y ratificado recientemente por Estados Unidos y habrán otros que piensan que no, que el liderazgo y la representatividad la tiene otros.

Añadió que el panorama es muy complejo pero insistió que toda esa complejidad derivaba de la falta de consenso político, la incapacidad de generar acuerdos entre “los líderes del G4 plus, como lo quieran llamar, pero hay una carencia de dirigencia unificada que se ve no solo en términos de resultados electorales, sino en lo que van hacer con el Estatuto para la Transición a partir de este 05 de enero”.

Para culminar la intervención tomo la palabra el abogado Rafael Badell Madrid, quien señaló que el Estatuto para la Transición y su reforma deben ser interpretados y adaptándolos al momento de hoy. Las mismas circunstancias que ratifican la inconstitucionalidad del ejercicio del cargo del presidente por parte del señor Maduro, hacen que sea constitucional el ejercicios de la actividades del Presidente Encargado Juan Guaidó, resaltó.

Sobre la interpretación de los artículos 12 y 15 del Estatuto para la Transición, el estatus del Presidente Encargado sigue hasta que cese la inconstitucional usurpación que tiene el señor Nicolás Maduro, reiteró.