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TSJ: AN legítima tiene 30 días para designar nuevo presidente interino

Este martes, el Tribunal Supremo de Justicia legítimo emitió una sentencia de amparo contra la Asamblea Nacional  electa en 2015, debido al «acto de legislativo que reformó el Estatuto de la Transición por infringir la obligación del presidente de la AN de asumir el cargo» del líder de un gobierno encargado, «mientras se elige y toma posesión un nuevo» mandatario de Venezuela.

De acuerdo al documento, la decisión del Parlamento, infringe con «la finalidad de su aplicación» para el «restablecimiento de la vigencia de la Constitución Nacional, debido a que tal acto  transgredió la obligación del  presidente de la AN».

Ante esto, el TSJ declaró «la nulidad absoluta del acto legislativo que aprobó la Reforma de la Ley de Reforma Parcial del Estatuto de Transición publicado en gaceta legislativa No. 66 del 23 de enero de 2023», en donde resultó «si efecto jurídico alguno todos los actos y nombramientos de representantes de Poder Ejecutivo de la República».

De este modo, la entidad en el exilio, otorgó a la AN,  un plazo de 30 días continuos para que «cumplan con el restablecimiento de la efectiva vigencia de la Constitución Nacional y la ley de reforma parcial del Estatuto de la Transición a la Democracia para restablecer la vigencia de la constitución de la República».

Durante el comunicado, el TSJ legítimo exhorta a cumplir con la ley como «el principio de autonomía y separación de poderes de conformidad con lo establecido en los artículos 136, 137 y 138».

Estos fueron las personalidades que secundaron la decisión del TSJ hacia la AN del 2015:

  • Luis V. Tabata
  • Silvino José Bustillos
  • Iván Freites
  • Juan Manuel Martínez
  • Bladimir Carvajal
  • Ramón Guzmán
  • Neomar Castillo
  • José Gregorio Villasana
  • Douglas Rodríguez
  • Degrain Marichales
  • Mario De NIgris
  • Yarudid González
  • Fernando Orozco
  • Hugo Valera

Cabe acotar que, el 20 de marzo de este año la magistrada del TSJ, Cioly Zambrano, adelantó en La Entrevista de EVTV sobre esta situación a la que estaría enfrentándose la AN electa en 2015.

Zambrano indicó que «efectivamente la constitución establece una división de poderes y es el ejecutivo que le corresponde cumplir con esas designaciones y lucramientos. Hasta donde tenemos conocimientos, no ha habido un reconocimiento de ninguno de esos nombramientos y, efectivamente, en la asistencia esa reforma lógicamente, queda sin efecto».

A su vez, detalló que es el Poder Ejecutivo quien puede tomar esa decisión, porque «es el órgano que se encarga de realizar la representación de la desginaciones de esos entes diplomáticos, no le corresponde al legislativo, por tanto, no podemos tener en cabeza de un solo poder todos los poderes».

«Cada uno aquí debe cumplir con las funciones que nos han otorgado y esas funciones están bien definidas en nuestra constitución, ese es el marco y camisa de fuerza de todos los ciudadanos. A los políticos, a veces, se nos olvida que todos somos ciudadanos y el hecho de que estemos en determinadas posiciones, no significa que estamos extentos de cumplir la ley», acotó.