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Víctimas de crímenes y portadores de visas humanitarias no están sujetos a carga pública

Michell Canero, abogada de inmigración, explicó este lunes durante el programa Dígalo Aquí de EVTV, la aplicabilidad de la ley de carga pública para residentes en los Estados Unidos.

La especialista explicó que las víctimas de crímenes y portadores de visas humanitarias no están sujetos a carga pública. Otras excepciones son para asilos y mujeres embarazadas y las que se encuentren en el período de pos parto.

«Con el asilo, las victimas de crimen ciertas categorías de visa no están sujetas a la ley de la carga pública, las humanitarias por ejemplo; También escuela pública no cuenta como beneficio de carga pública, ni medicare para mujeres embarazadas ni los 60 días pos parto», especificó durante la entrevista.