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La legítima defensa está prevista en México desde 1871, pero algunos estados la han modificado

“Aprobaron hoy el derecho absoluto a la legítima defensa”, dicen publicaciones compartidas más de 14.000 veces en redes sociales con un enlace a la web del Senado de México desde el 6 de agosto de 2020. En realidad la legítima defensa está contemplada en las leyes mexicanas desde 1871, aunque entre 2019 y 2021 ha sido modificada en algunos estados. Dos iniciativas sobre el tema están pendientes de resolución en el Senado. 

“La reforma al Código Penal permite que ante la intromisión de intrusos el morador pueda defenderse sin ser procesado penalmente”, añaden las entradas difundidas en agosto de 2020 en Facebook (1, 2, 3), que han vuelto a circular en junio de 2021 (1, 2).

El texto también ha sido publicado en sitios de noticias (1, 2) que citan a “la diputada Libia Dennise García Muñoz Ledo”, a quien atribuyen declaraciones sobre la reforma legal como: “Cuando un intruso llegue a una casa habitación, quien esté en la casa pueda repeler esa agresión, de cualquier manera bajo cualquier circunstancia y utilizando los mecanismos o los elementos que tenga a la mano y de ninguna manera puede ser imputado penalmente”.

Captura de pantalla de una publicación en Facebook tomada el 21 de junio de 2021

Publicaciones con el mismo mensaje ya habían sido verificadas por AFP Factual en julio de 2020.

Una búsqueda en Facebook con la frase “Quedó aprobada la figura de la legítima defensa” llevó a una entrada del 1 de julio de 2017 con un texto muy similar al que se ha vuelto viral y con la misma mención a una diputada llamada Libia García. Esa publicación es el registro más antiguo localizado.

Un rastreo en Google del nombre «Libia García», antes legisladora del Partido Acción Nacional (PAN), arrojó entre los resultados su perfil en la web del Congreso de Guanajuato, en el centro de México. 

La búsqueda también llevó a un comunicado de prensa del Gobierno de ese estado, publicado el 19 de marzo de 2021, en el que se informa de su incorporación como secretaria del Gobierno estatal, por lo que dejó de ser diputada local.

AFP Factual preguntó a García en 2020, cuando aún era diputada local, si reconocía como suyas las declaraciones que le atribuyen las publicaciones compartidas en redes y ella contestó: “Así es”. Explicó que correspondían a una reforma sobre la legítima defensa que ella respaldó, aprobada en 2017 y que había sido promovida por el Partido Revolucionario Institucional (PRI) .

García, aseguró que tras la entrada en vigor de la reforma de 2017 “unos ladrones entraron a robar un hostal y el dueño golpeó a uno causándole la muerte. La reforma le permitió no tener ninguna responsabilidad penal”

Sin embargo, la figura fue revisada y modificada, añadió la diputada en 2020, después de que la Comisión Nacional de los Derechos Humanos advirtiera que el cambio legal podría vulnerar los derechos humanos.

El 28 de febrero de 2018, García presentó una nueva iniciativa de reforma al Código Penal de Guanajuato relacionada con la legítima defensa, que fue aprobada por unanimidad por el Congreso local el 18 de septiembre de ese año.

Esta reforma estableció que la víctima que lesiona o mata a su agresor no tiene que probar que actuó en legítima defensa de su vida o sus bienes, sino que esto se presume y es la autoridad la que debe comprobar que no ocurrió así, en caso de tener indicios de ello.

¿También para policías?

El texto que circula en redes sociales afirma que la reforma “también va para policías” y advierte que se podrá ejercer la legítima defensa contra “policías que entran a los domicilios aprovechándose del uniforme y cometan abuso de autoridad”. Sin embargo, la iniciativa aprobada en Guanajuato no menciona de manera específica a ningún agente de seguridad o funcionario.

Abogados penalistas consultados en julio de 2020 por AFP Factual coincidieron en que la legítima defensa sí es aplicable en el supuesto mencionado por la publicación viral sobre policías que entren a un domicilio sin autorización, de manera ilegal.

“Perfectamente les puedes disparar en un momento dado porque un policía no tendría que estar dentro de tu casa sin tu autorización y violando tus garantías individuales”, dijo Anuar García, doctor en derecho y especialista en litigio penal.

Erik Rauda, doctor en derecho penal, explicó entonces: “Si tú matas a cualquier persona, policía, ciudadano, que irrumpa en tu domicilio, la ley hace una presunción a tu favor, significa que se va a abrir una investigación donde primero se presume esa causa de justificación [legítima defensa]. Si se encuentra una evidencia de que no fue así, ya procederían a imputarte un delito”.

Entre 2019 y mayo de 2021 los estados de Nuevo León, Coahuila, Michoacán e Hidalgo, aprobaron reformas a sus códigos penales en relación a la legítima defensa.

Un miembro de la policía comunitaria emite su voto en Guerrero, México, el 6 de junio de 2021 (Pedro Pardo / AFP)

Iniciativa en el Senado

Las entradas compartidas en redes incluyen enlaces a la web del Senado de México. Algunas a la página de inicio y otras al texto de una iniciativa presentada por la senadora del PRI Sylvana Beltrones el 27 de septiembre de 2018 sobre la legítima defensa.

Esta iniciativa propone añadir el siguiente párrafo al Código Penal Federal: “No se considerará exceso en la defensa legítima cuando concurran circunstancias en las que la persona que se defiende se encuentre en estado de confusión, miedo o terror que afecte su capacidad para determinar el límite adecuado de su respuesta o la racionalidad de los medios empleados”.

Hasta junio de 2021, la ficha técnica de la iniciativa muestra que su estado es “pendiente” y que no ha sido aprobada. Una búsqueda en el registro de iniciativas del Senado con las palabras clave “legítima defensa” muestra que en la actual legislatura (2018-2021) solo se han presentado dos propuestas que mencionan el tema, entre ellas la de Beltrones, pero ninguna ha sido aprobada.

Legítima defensa en México

El concepto de legítima defensa existe en las leyes mexicanas desde el siglo XIX. Se encontraba, por ejemplo, en el Código Penal Federal de 1931, en el artículo 15 del capítulo IV, como una circunstancia excluyente de responsabilidad penal. En el actualizado Código Penal está citado en el mismo artículo y capítulo.

El doctor en Derecho Penal Rauda explicó a la AFP que la legítima defensa en México está presente “desde la aparición del derecho penal moderno” en el siglo XIX.

De hecho, esta tesis de maestría sobre el tema publicada en 1998 por la Universidad Autónoma de Nuevo León menciona que ya figuraba en el Código Penal Mexicano de 1871, lo cual puede constatarse en esta versión digitalizada del código.