Representantes de la fiscalía de la Corte Penal Internacional (CPI) desmontaron en la primera audiencia de este martes los insólitos argumentos del régimen de Nicolás Maduro para intentar detener la investigación por sus crímenes de lesa humanidad.
Ben Emmerson, abogado del régimen, alegó, primeramente, que el «procedimiento previsto en el Estatuto de Roma en cuanto al principio de complementariedad no ha sido respetado». También afirmó que la Sala de Cuestiones Preliminares que «no dio información detallada».
«No incluía ni edad, ni fecha, ni ubicaciones específicas de los incidentes. Ni el número aproximado de víctimas o el grupo, el colectivo o las personas responsables de estos incidentes. Es decir, que no había información que permita que Venezuela responda». Emmerson además dijo que no se explicaron las «informaciones relativas respecto a los crímenes que la Fiscalía quiere investigar».
«Es imposible que un Estado dé una notificación efectiva o pedir un aplazamiento, cuando la fiscalía solo ha dado una lista de crímenes de los que se sospecha. No se han notificado los crímenes que se pretende investigar», añadió. Por ende, de forma cínica, dijo que la Sala de Cuestiones Preliminares «solo se basó en especulaciones» para continuar la investigación.
Y la fiscalía desbarató sus alegatos
No obstante, vino el turno de los representantes de la fiscalía de la CPI. Al tomar la palabra, hicieron añicos los alegatos endebles que dio el régimen.
«Venezuela dice que esta notificación solo debe contener los incidentes que el fiscal pretende investigar. Nosotros, con respeto, estamos en desacuerdo. La notificación debe ofrecer parámetros específicos suficientes que muestren el alcance de la investigación prevista por la fiscalía, pero no se requiere por derecho que se identifiquen los actos criminales específicos que la fiscalía pretende investigar», dijo una integrante de la representación.
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A continuación, dijo que la notificación al chavismo «no tiene por objeto limitar la investigación de la fiscalía. No es un vehículo para que el Estado pueda disputar los crímenes presuntos ocurridos, como se ha hecho. El objetivo de la notificación es permitir a los Estados decidir si esa solicitud de aplazamiento o suspensión se puede hacer y apoyar esa solicitud con información pertinente. No debe ser una lista descriptiva de todas las actividades».
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Asimismo, resaltó que tanto el artículo 18-1 y el 18-2 como la regla 52-1 del Estatuto de Roma da a la fiscalía «una flexibilidad adecuada sobre el grado de detalle que debe darse, basado en las circunstancias de la situación y basado en las obligaciones estatutarias de la Fiscalía para proteger a las víctimas y a los testigos».
Más desmontaje
Además hizo énfasis que tal comunicación surge después de finalizar el Examen Preliminar y que «hasta ese punto la fiscalía no investiga formalmente y no puede utilizar sus facultades investigativas plenas en el marco del Estatuto. Sería muy poco razonable esperar que la Fiscalía en esa etapa podría identificar a los autores eventuales o establecer el alcance real de su investigación. La investigación no se puede limitar a los hechos que se pueden verificar en esa etapa tan preliminar. La obligación de la Fiscalía es buscar la verdad».
Ya sobre el cierre, desmoronaron la insólita excusa del régimen de que la fiscalía se basa en especulaciones.
«No se trataba de indicaciones especulativas de hacia dónde se dirigía la investigación, sino se trataba de parámetros muy específicos que tenían mucho sentido y a lo que podía responder Venezuela, e incluían calendarios, el alcance geográfico, el grupo de personas presuntamente responsable, el tipo de crímenes de lesa humanidad que presuntamente se cometieron y también toda una serie de actos contextuales y parámetros que también incluían bastantes casos que tenían que ver con personas en detención, en privación de libertad», remataron.