Alvin Hellerstein, un juez federal de Nueva York, Estados Unidos (EEUU), negó la moción presentada por Samark López Bello, un empresario venezolano vinculado al exministro de Petróleo del régimen de Nicolás Maduro, Tareck El Aissami, con la que pretendía desestimar cargos penales en su contra, por presunta violaciones a las sanciones impuestas por el Departamento de Tesoro.
De acuerdo a The Associated Press, recientemente el ente judicial se estaba cuestionando con respecto a «los vuelos a Rusia que López supuestamente alquiló a compañías estadounidense».
En este sentido, Hellerstein relató que la solicitó de moción presentada López se dio el 16 de septiembre del 2022. Esto bajo el argumento de que no se considera dentro de la clase de personas imputables bajo la ley Kinping; que la presunción contra la extraterritorialidad excluye sus cargos bajo la Ley Kinping; y que el gobierno no ha alegado debidamente la conspiración por la que se le acusa.
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Sin embargo, el tribunal sustentó su decisión con base a cuatro principales razones. La primera es que López Bello es un fugitivo «que se enteró de los cargos en su contra mientras estaba fuera de los Estados Unidos y ahora se niega a regresar para evitar el enjuiciamiento. Antes de ser sancionado por la OFAC en febrero de 2017, López Bello vivía en los Estados Unidos con la intención de convertirlo en su hogar permanente. Matriculó a sus hijos en escuelas estadounidenses, poseía propiedades en los Estados Unidos y vivía una vida lujosa aquí. Su presencia en el extranjero, en marcado contraste con la defensa en Bescond, es inseparable de su enjuiciamiento».
«López Bello no cae dentro de la clase de personas imputables en virtud de la Ley Kingping. Si bien López Bello no se encontraba en los Estados Unidos al momento de la conducta imputada, las transacciones y tratos evasivos alegados en la Acusación, que involucran a pilotos, servicios de vuelos chárter, aeronaves, cuentas bancarias y transferencias de dinero con base en los Estados Unidos, constituyen «transacciones dentro de los Estados Unidos» en el sentido de la Ley Kingpin»., precisó el juez como segundo segmento.
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En tercer lugar indicó que «sobre la base de que la presunción contra la extraterritorialidad excluye los cargos contra López Bello bajo la ley Kingpin. Se alega que López Bello usó pilotos, servicios de vuelos chárter, aviones, cuentas bancarias y transferencias de dinero con base en los Estados Unidos. Por lo tanto, los cargos alegados constituyen una aplicación interna de la ley».
Por último, señaló que la negación es debido a que «va acusación rastrea el lenguaje del estatuto y alega actos de López Bello y sus co-conspiradores para evadir las sanciones de la OFAC y la detención por parte de las fuerzas del orden. Estas acusaciones son suficientes a los efectos de una acusación de conspiración de Klein. Tampoco es el Cargo Uno y aplicación extraterritorial ilícita porque el objeto de la obstrucción estaba en los Estados Unidos».
Con información de El Nacional