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La Entrevista | José Vicente Haro: Solo un tribunal puede inhabilitar 15 años

José Vicente Haro
Foto. Captura

El abogado constitucionalista, José Vicente Haro, aseguró que una inhabilitación de 15 años solo puede hacerla un tribunal de la República adscrito al Poder Judicial y no la Contraloría General.

«No hay autoridad alguna conforme a la Constitución, ajena a un tribunal del Poder Judicial, que pueda inhabilitar a cualquier persona para aspirar a cargos de elección popular como es el caso de María Corina Machado», explicó en el programa La Entrevista con Miguel Ángel Rodríguez.

Haro afirmó que las inhabilitaciones de la Contraloría son violatorias de los derechos humanos y aseveró que desde el punto de vista jurídico el único tema sobre el cual podría pronunciarse la Contraloría era sobre la declaración jurada.

«Sobre eso ya se estableció una sanción, fue de un año, pero sobre los otros cinco hechos que pretenden atribuirse a María Corina Machado, no tiene competencia el contralor general de la República», indicó.

El abogado apuntó que esos hechos podrían revertir carácter penal y deben llevarse ante los tribunales de la República, «deben conducirse por el fiscal general de la República y deben determinarse mediante sentencia judicial firme», que pase por primera instancia y luego por segunda instancia, apelación y finalmente el Tribunal Supremo de Justicia, pero eso no ha ocurrido.

Un contralor general, según dijo, no puede determinar hechos que revisten carácter penal. «Eso solo lo puede hacer un tribunal adscrito al Poder Judicial», reiteró.

Para José Vicente Haro hay hechos que podrían «dar la conclusión» de que Nicolás Maduro e incluso Diosdado Cabello, al influenciar al contralor Elvis Amoroso «estarían incurriendo en un delito y esto es grave».

 

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