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Venezuela

Súmate: «TSJ vulnera autonomía de universidades venezolanas»

La Organización Civil Súmate rechazó la reciente decisión de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) expresada en sentencia Nº 324 del pasado 27 de agosto de este año, en la que establece nuevas bases comiciales para la elección de las autoridades rectorales de las universidades, que son  contrarias al deber ser de estas casas de estudios que según el artículo 109 de la Constitución es el de dedicarse a la búsqueda del conocimiento a través de la investigación científica, humanística y tecnológica, para beneficio espiritual y material de la Nación”, actividades que corresponde realizar a sus “profesores, profesoras, estudiantes, egresados y egresadas de sus comunidad”. Esta es la razón fundamental por la cual son los profesores, estudiantes y egresados los que tienen derecho a elegir a las autoridades de sus respectivas universidades.

 Aunque el TSJ justifique su decisión de intervenir cautelarmente suprimiendo la vigencia de los artículos 31, 32 y 65 de la Ley de Universidades, con el argumento de con ello garantiza el principio de “igualdad de condiciones para elegir”, según la cual se debe incorporar al cuerpo de electores al personal administrativo y obrero; para la ONG la misma representa una violación al principio de autonomía universitaria, derecho garantizado en el artículo 109 constitucional. Con esta decisión, además de la elaboración de cinco registros, en el que los dos nuevos sectores estén a la par de los de profesores, estudiantes y egresados, el TSJ interviene establecimiento nuevas reglas en la votación, ya que el ganador será el que obtenga más votos en tres de los cinco sectores y, a su vez, debe alzarse con la mayoría absoluta de los votos totales; cuando antes se requería contar con el voto de las dos terceras partes.

Para Súmate, con esta decisión el TSJ vulnera el estado de derecho, porque desconoce la forma autónoma que tienen las universidades de elegir a su gobierno, y se excede en sus funciones al usurpar la de legislar, competencia exclusiva de la Asamblea Nacional.

Otro elemento grave que denuncia esta organización ciudadana es que con la supuesta acción de garantizar el principio de “igualdad de condiciones para elegir”, el TSJ agrega otro motivo de conflictividad entre los miembros de las comunidades universitarias, actualmente asfixiadas y casi paralizadas por no contar con el adecuado presupuesto al cual tienen derecho constitucional “para planificar, organizar, elaborar y actualizar los programas de investigación, docencia y extensión.

Súmate advirtió que la sectorización planteada en la elección de la ANC, que violó el principio de proporcionalidad y otorgó una representación desigual a los ciudadanos tanto sectorial como territorialmente; se pretende aplicar ahora en la elección de las autoridades de las Universidades Nacionales violando la Constitución, la Ley, la Autonomía Universitaria y la tradición republicana.

Por ello plantea que esta sería la segunda ocasión en la cual se presentan mecanismos electorales que violan el principio de universalización del voto consagrado en la Constitución de la República, violando flagrantemente el artículo 63 del texto constitucional, que establece que el voto se ejerce “mediante votaciones libres, universales, directas y secretas”.

La Asociación Civil alerta a la opinión pública que estas prácticas electorales pueden significar una tendencia. Ante la pérdida de popularidad del oficialismo, éste podría estar ensayando con mecanismos electorales sectorizados  que cercenan el derecho a elegir y ser elegido, como sucedió en la inconstitucional elección de Asamblea Nacional Constituyente, que restringen la representación de las mayorías y que se constituye como una nueva forma de represión política-electoral.

NP