La Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia Legítimo de Venezuela se pronunció sobre la admisibilidad de la acción por abstención o negativa, interpuesta conjuntamente con medida cautelar innominada donde se ordena a la Presidencia de la República Bolivariana de Venezuela, a que informe sobre las causas de las deficiencias de los servicios a cargo del consulado general de Venezuela en la ciudad de Miami, Florida y ordena reponer el pleno funcionamiento de dicho Consulado General.
la Sala consideró que el cierre o suspensión de actividades del Consulado General de Venezuela en Miami, anunciado el pasado 12 de enero de 2012, obedeció a una medida punitiva contra los venezolanos que residen en la jurisdicción consular, por el solo hecho de ser en considerable mayoría, adversarios políticos o ideológicos del gobierno y por ello adoptó con carácter de sanción, el cierre de dicho Consulado General.
Esta decisión beneficiará a la diáspora venezolana, protegiendo los derechos de los Niños y Adolescentes nacionales venezolanos, igualmente a un elevado número de jubilados y pensionados. De allí que tales medidas constituyen un instrumento indispensable para la materialización de la justicia y la tutela judicial efectiva, evitando que el pronunciamiento del órgano jurisdiccional en la definitiva resulte ineficaz.
#NoticiasEvtv En la mañana de hoy, se introdujo la acusación contra el régimen de Maduro, por parte de la fiscal legítima @lortegadiaz ante el @TSJ_Legitimo de Venezuela, informó Antonio Marval, vicepresidente de la sede judicial. #Evtvmiami #Venezuela #28jun. pic.twitter.com/l1Kz98aZZB
— EVTV (@EVTVMiami) June 28, 2018